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Iniciativa de Ley

Politizandote7:03

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[Música]

La iniciativa de ley. En este vídeo vamos a abordar el tema de la iniciativa de ley. Explicaremos qué es una iniciativa de ley, quiénes pueden presentar iniciativas, la composición de una iniciativa y, finalmente, veremos los momentos del proceso legislativo. Acompáñenos.

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¿Qué es una iniciativa de ley?

Una iniciativa de ley es un documento formal que tiene como propósito crear, reformar, adicionar, derogar o abrogar disposiciones constitucionales o legales. Es decir, pretenden modificar el texto de la constitución o, en su caso, modificar, derogar o crear leyes secundarias. Este documento se presenta por los órganos o actores facultados legalmente ante cualquiera de las dos cámaras del Congreso de la Unión, lo que significa que pueden presentarse ante la Cámara de Diputados o la Cámara de Senadores para su estudio, discusión y, en su caso, aprobación. Dado lo anterior, podemos decir que la iniciativa de ley es un acto jurídico con el que se da inicio al proceso legislativo.

¿Quiénes pueden iniciar leyes?

Aunque pudiera pensarse que esta facultad corresponde al poder legislativo, que en México se deposita en un Congreso General compuesto por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, esta tarea no es exclusiva de estos órganos, pues el poder ejecutivo también tiene facultades legislativas y, en los últimos años, con el propósito de empoderar a los ciudadanos y crear espacios de participación, también la ciudadanía puede generar procesos legislativos. De esta manera, el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el derecho a iniciar leyes compete a:

1. Al Presidente de la República.

2. A los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión.

3. A las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.

4. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al 0.13 por ciento de la lista nominal de electores.

Composición de una iniciativa

El artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados nos indica que los elementos indispensables de la iniciativa serán:

1. Encabezado o título de la propuesta.

2. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver.

3. Problemática desde la perspectiva de género, en su caso.

4. Argumentos que la sustente.

5. Fundamento legal.

6. Denominación del proyecto de ley o decreto.

7. Ordenamientos a modificar.

8. Texto normativo propuesto.

9. Artículos transitorios.

10. Lugar.

11. Fecha.

12. Nombre y rúbrica del iniciador.

Proceso legislativo de una iniciativa

Al procedimiento que pretende modificar la constitución o modificar, derogar o crear leyes se le conoce como proceso legislativo. Según la teoría que consultemos, encontraremos que pueden dividirse en distintos pasos o momentos. Nosotros, para este caso, identificaremos seis.

1. Iniciativa: Como su nombre lo indica y como ya lo mencionamos, es el comienzo o primer momento del proceso legislativo. Cuando se presenta una iniciativa, la Mesa Directiva lo turna a comisiones, que son grupos de trabajo constituidos por legisladores y que se especializan en temas particulares. Las iniciativas se asignan según el tema o temas que aborden a las distintas comisiones para, después de su estudio, emitir un dictamen, que es una opinión técnica y especializada con respecto al contenido de la iniciativa.

2. Discusión: Una vez que la o las comisiones tienen listo el dictamen, notifican al presidente de la Mesa para que lo incluya en el orden y se presente ante el pleno.

3. Aprobación: Una vez que se presenta el dictamen, se desarrolla el debate, discusión, votación y, en su caso, aprobación, salvo las excepciones que la Constitución indica, como la aprobación del presupuesto, que es exclusivo de la Cámara de Diputados. Una vez aprobado el dictamen, el proyecto de iniciativa pasa a la otra cámara para su discusión. Aquí es importante señalar que la cámara en la que tiene inicio el proceso legislativo, es decir, la cámara en la que se presenta por primera vez una iniciativa, adquiere el nombre de cámara de origen. Si una propuesta de iniciativa es aprobada por la cámara de origen, pasa a la otra cámara, que adquiere la denominación de cámara revisora. Por lo tanto, si una iniciativa se presenta en la Cámara de Diputados, esta es la cámara de origen y la de Senadores es la cámara revisora. Pero si la iniciativa se presenta en la Cámara de Senadores, esta funge como cámara de origen y, por ende, de Diputados como cámara revisora.

4. Sanción: Resuelta la iniciativa por la cámara revisora, queda sancionada como ley o decreto y se procede a la integración de un expediente final que contiene el documento legislativo acabado.

5. Publicación: El decreto que el Congreso de la Unión ha aprobado es entregado al Presidente de la República, que si no tiene observaciones, lo promulga y ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

6. Inicio de vigencia: Una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación, se indica el momento de su entrada en vigor.

Es así como finaliza el proceso legislativo, comenzando con una iniciativa de ley o decreto y finalizando con nuevas disposiciones constitucionales o nuevas leyes que tienen por objeto regular la vida del país en todos los ámbitos.

Aquí concluimos con este vídeo. Te invitamos a dejar tus comentarios y, si te ha sido de utilidad, dejar un like y suscribirte al canal para ayudarnos a generar más contenido. Hasta la próxima.