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Seminario Gratuito Administrativo de Facturación de Prestaciones Médicas

Capacitarte1:38:05

Transcription

Hola, buenas tardes. ¿Cómo están? Bueno, vamos a comenzar el seminario de facturación. Sí, mi nombre es Araceli González Benítez. Yo les voy a contar un poco de qué se trata la función del facturista de prestaciones médicas, lo más sencillo posible, para que todos puedan interpretarlo, entenderlo. Y, por supuesto, ustedes saben que pueden consultar lo que deseen, lo que necesiten, a través del chat. Yo voy a ir leyéndolos y respondiendo.

Bueno, antes de comenzar, les cuento que yo soy la docente a cargo en Capacitarte de los cursos de facturación de prestaciones médicas, de auditoría administrativa, de recupero sur y también de secretariado médico. Con esto les cuento un poco, soy docente ya hace un tiempo en la empresa. Les cuento un poco que todas las capacitaciones que yo realizo tienen que ver con la administración en salud. La idea de este seminario puntual es conocer un poco la función del facturista, saber de qué se trata la facturación de prestaciones médicas y les voy a ir contando entonces y definir algunos conceptos para que se entienda lo más claro y sencillo posible. Por lo cual, les vuelvo a repetir, ante cualquier duda o algo que no entiendan, por favor, hágamelo saber a través del chat para que se los pueda volver a explicar.

Vamos a comenzar un poco hablando de la función del facturista y de allí vamos a ir viendo diferentes aspectos. ¿Qué es la facturación de prestaciones médicas? Esta facturación, como su nombre lo indica, la idea es que los centros de salud donde se realizan prestaciones de salud, y cuando hablamos de prestaciones de salud, nos referimos a consultas médicas, prácticas especializadas. Y en estas prácticas especializadas van a entrar las radiografías, los análisis clínicos, las resonancias, las tomografías, también las cirugías y, obviamente, las internaciones. Todo esto hace referencia a las prestaciones médicas. Por lo cual, vamos a llamar prestador, vamos a denominar prestador a todos estos centros de salud o instituciones de salud que realizan estas prestaciones. Sí, una clínica, un sanatorio, un centro de radiología, un centro de diagnóstico por imagen, un laboratorio de prácticas bioquímicas, realizan estas prestaciones.

Entonces, ¿qué es la facturación? Bueno, cuando hablamos de facturación es que esas prestaciones que se realizan, sí, se puedan facturar, se puedan cobrar. El prestador pueda cobrar estas prestaciones, pero no es ni tan simple ni tan complicado. Pero no es solamente este hacerle saber a quién estamos facturando esas prestaciones que tiene que abonar determinado importe. ¿Qué quiere decir? Yo tengo que facturar, más allá de con una factura contable, obviamente, con un total de las prestaciones que estoy facturando, lo tengo que también demostrar con documentación. ¿Qué quiere decir documentación? Bueno, quizás muchos de ustedes, este, son pacientes, todos lo somos muchas veces. Y como ustedes habrán experimentado, cuando van a realizarse una consulta o una práctica médica, tienen que presentar, sí, la credencial para aquellos que tienen obra social o para aquellos que tienen una prepaga. Tienen que presentar una orden médica en el caso de que se vayan a realizar una práctica especializada. Tienen que presentar, entonces, esta documentación o en el caso de ir a hacer una atención en una guardia o una consulta especializada con un médico especialista. También tienen que firmar muchas veces una planilla de consulta, un ticket de consulta, un bono interno. Sí, esa es la documentación que va a tener el facturista, con la facturista, para poder realizar el proceso de facturación. Entonces, va a tener que, cada vez que factura estas prestaciones, sí, presentar la documentación y avalar con esa documentación lo que está facturando.

Ahora bien, hablamos de lo que es una prestación médica, sí. Por lo cual, entonces, estos centros de salud o estos profesionales que también pueden tener un consultorio particular y realizar la consulta y luego facturarla. ¿A quién le estamos facturando o a quién le vamos a facturar esas prestaciones? Bueno, se la vamos a facturar a las obras sociales, a las prepagas, sí, a las ART. Y en este caso, entonces, estas empresas que brindan estas prestaciones de salud se van a llamar prestatarias. ¿Quiénes son estas empresas? ¿Qué diferencia hay entre ellas y cómo realizan estas prestaciones? Bueno, la obra social es asignada a la persona que tiene un trabajo en blanco, sí, por la institución o por la empresa a la que pertenezca. En este caso, cada trabajador va a tener una obra social asignada. Sí, también va a tener una ART. Las obras sociales, las prepagas y las ART son empresas que brindan, sí, a sus afiliados estas prestaciones. Y el prestador, como vimos recién, es quien realiza esas prestaciones. Cuando estas empresas no tienen sus prestadores directos, quiere decir que podemos tener una obra social que tenga su prestador directo, o sea, que tenga una clínica o varias clínicas propias que en esa empresa, sí, o puede ser que esa obra social no tenga. Por lo cual, necesita contratar a prestadores que le brinden a sus afiliados esas prestaciones.

Entonces, la obra social, como les mencioné anteriormente, es asignada por el trabajo que uno realice, por la empresa, por la institución. Sí, por ejemplo, si hablamos de una persona que trabaja en un comercio, va a tener asignada la obra social de empleados de comercio. Si hablamos de una persona que trabaja en salud, va a tener asignada la obra social de sanidad. Sí.

¿Qué es una prepaga o qué diferencia hay entre una prepaga y una obra social? La prepaga también brinda estas prestaciones de salud, pero es una empresa privada. ¿Qué quiere decir? Que la persona elige esa prepaga, sí, y va a pagar una cuota mensual por esas prestaciones. Va a tener, va a elegir un plan, dentro de ese plan va a tener determinadas coberturas, sí, y se va a comprometer, va a firmar un convenio, un contrato, y la persona se va a comprometer a pagar una cuota mensual y la empresa a brindar esa prestación. Sí. Bien, esa es la diferencia entonces entre una obra social y entre una prepaga.

¿Qué es una ART? Yo recién les hablé que también existen las ART. En el caso de las empresas, las instituciones de salud deben también tienen la obligación de brindarle a sus empleados una ART. La ART es una aseguradora de riesgo de trabajo. Sí. ¿Qué quiere decir? Que la persona que trabaja va a tener una obra social y una ART. ¿Puede utilizar las dos en cualquier momento? No, porque la ART va a estar asignada solamente en el caso de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

¿Qué es una enfermedad profesional? Es esa enfermedad que el empleado adquiere por el lugar de trabajo o por el trabajo que desarrolla. Sí, por eso se le hace al trabajador cuando ingresa a una institución, a una empresa, el preocupacional, sí, para saber que esté bien de salud, que no tenga alguna enfermedad preexistente. Y en caso de obtenerla, tendremos que ver o se verá porque tampoco quiere decir que la persona entra a trabajar una empresa, se enferma, sí, de X enfermedad puntual y entonces tiene que ver con el trabajo que realiza. No hay un listado, sí, de enfermedades que se van a tomar como enfermedades profesionales en una ART. Por lo cual, la ART entonces va a actuar en casos de enfermedades profesionales o en casos donde el trabajador haya tenido un accidente laboral. Quiere decir, un accidente laboral dentro del período laboral, dentro del horario laboral, y se va a tener en cuenta también el tiempo de viaje que esta persona tenga desde el trabajo hasta su empleo y la vuelta. Eso es lo que va a estar dentro de este accidente laboral en caso de que lo hubiera. Para todo lo demás, la persona va a tener la obra social, sí, con la cual va a disponer en el momento que quiera de realizar la atención que necesite. Sí.

Bueno, entonces estas prestatarias, sí, las obras sociales, las prepagas, las ART, son las que brindan este servicio, sí, o esta prestación a la persona, al paciente o al afiliado. Sí, y los prestadores son quienes la realizan. Sí, quizás muchos de ustedes tendrán una obra social o una prepaga y tendrán una cartilla, sí, donde en el momento de tener que realizar alguna prestación, van a ir a esa cartilla y van a buscar, sí, por ejemplo, bueno, tengo que hacer una consulta con un oftalmólogo. Sí, voy a ir a la cartilla, voy a tener ahí un listado de oftalmólogos a los cuales puedo acceder. Sí, ellos son entonces los prestadores. Cada prestataria, sí, cada empresa, estas empresas de salud van a tener sus prestadores a través de contratos, o sea, van a contratar a estos prestadores para que sus afiliados puedan acceder a estas prestaciones. Sí, quiere decir que no es que yo tengo una obra social y puedo ir a cualquier institución a atenderme. Voy a ir a la que tenga en esa cartilla, ¿por qué? Porque esa empresa de salud contrató a ese prestador para que sus afiliados puedan recibir esa prestación o esa atención.

Entonces, bueno, voy a responder una consulta. Sí, acá me preguntan si el material de este zoom lo tendremos una vez terminado el zoom. Sí, entiendo que sí. Si ya no lo si ya no se los enviaron, este lo van a tener cuando termine el zoom. Sí.

Bueno, entonces, continuando con esta este tema puntual que les estaba diciendo, tenemos las prestatarias, tenemos al prestador. Estas prestatarias van a contratar estos servicios, sí, y entonces, volviendo al tema de la facturación, cuando yo les decía cómo se facturaba un poco, no, ya vamos a ver puntualmente todo lo demás. Esta documentación que yo les decía, el facturista tiene que entregar a modo de documentación respaldatoria o avalatoria de lo que está facturando. Sí, supongamos que este el médico que atiende en consultorio atendió durante el mes diez afiliados de esa prestataria, de esa obra social, por lo cual entonces va a emitirle una factura a fin de mes a esa prestataria con el total de afiliados atendidos y le va a enviar también esa documentación avalatoria. ¿Qué podrá hacer, por ejemplo? Una planilla donde conste una, dos o tres planillas, todas las consultas que realizó durante ese mes. Si fuera una clínica o un sanatorio, bueno, le tendrá que documentar las internaciones si estuviera facturando internaciones, las prácticas especializadas, las consultas. Si fuera un laboratorio, bueno, todas las prácticas que se realizaron a esos afiliados mensualmente. Sí, cada prestador va a facturarle a esa prestataria las prestaciones que realizó para sus afiliados. Entonces, eso es lo que hace un facturista: presentar la documentación, realizar esa facturación, porque no es solo presentarlo con una factura. Sí, hay todo un proceso que se va haciendo durante todo el mes que tiene que ver con la carga de esas prestaciones al sistema, sí, al sistema que tenga la institución, ordenar esa documentación avalatoria que va a tener que cumplir también requisitos puntuales. Esa orden con un pedido médico deberá tener los datos del paciente, los datos de la prestataria, el pedido puntual de la práctica que se está solicitando, la fecha en que se solicita esa práctica y la firma del médico que lo pide, con una serie de requisitos más que, obviamente, no nos vamos a detener, sino que yo les estoy diciendo en general para que se entienda. Sí, no nos vamos a detener puntualmente en cada tema, justamente para que pueda desarrollar el resto, sí, y se entienda en general cuál es esta función específica.

Entonces, tenemos las prestatarias, estas empresas de salud, tenemos el prestador, que es quien realiza estas prestaciones. Y tenemos algo que es muy importante también, ¿no? Porque ¿qué prestaciones puede realizar? ¿Qué prestaciones debe brindar esa empresa de salud, esa obra social o esa prepaga a sus afiliados? ¿Todas? ¿Cualquiera? Las veces que sean necesarias, las veces que quiera el afiliado, las veces que indica el médico. ¿Cómo se regulan esas prestaciones? Bueno, acá nos encontramos con el PMO. Sí, el PMO es el Programa Médico Obligatorio. Este Programa Médico Obligatorio va a enunciar y va a nombrar y encuadrar, sí, qué prestaciones están obligadas a brindar las prestatarias, sí, o sea, las obras sociales y las prepagas. Con esto, ¿qué quiere decir? Este PMO, que se crea allá por el año 96, va a decir: "Bueno, todas las obras sociales y las prepagas tienen obligación de cobertura en estas prestaciones puntuales". Sí, por ejemplo, el PMO va a hablar con respecto a la prevención y la atención en los tratamientos de los diferentes pacientes y en diferentes diagnósticos o patologías, sí, o sea, enfermedades. ¿Qué va a decir el PMO? Que bueno, son prestaciones obligatorias, son prestaciones básicas. Con esto, ¿qué les quiero decir? Que si el afiliado quiere hacerse una cirugía estética, sí, por puntualmente por un tema de estética, el PMO va a decir: "Esto no lo cubrimos". Sí, porque hablamos de prestaciones médicas específicas y obligatorias. Pero si el afiliado se tiene que hacer una cirugía estética porque tiene que ver con una enfermedad o con una patología, sí, en ese caso va a tener cobertura, porque es una cirugía estética reparadora. ¿Se entiende?

Entonces, el PMO va a establecer cuáles son las prestaciones obligatorias y va a decir que dentro de estas prestaciones obligatorias, sí, se van a encontrar todas las prestaciones que estén aprobadas por protocolo médico nacional y no todo lo que conocemos como medicina alternativa o aquellas prestaciones o aquellos medicamentos, porque también va a cubrir medicamentos que están en períodos de prueba. Sí, va a cubrir lo que esté ya aprobado por protocolo médico nacional. Sí, y va a determinar qué cobertura de prestación se va a brindar en cada caso. Por ejemplo, supongamos que el paciente tiene que hacerse sesiones de kinesiología. Bueno, el PMO va a decir que cada paciente tiene una cobertura de 25 sesiones al año. Sí, supongamos que hablamos de un paciente que tiene una enfermedad oncológica. Bueno, el PMO va a decir que se le va a cubrir todos los tratamientos, que hay obligación de cobertura en todos los tratamientos ambulatorios, de internación y de medicamentos. Sí, supongamos que hablamos de una internación. El PMO, entonces, va a establecer que en las internaciones no hay un límite, no hay un período, sí, puntual por lo cual el paciente no pueda excederse de esos días de internación o de su tiempo o de ese tiempo internacional, y va a decir también qué cobertura va a tener en esa internación. O sea, el paciente se interna por un diagnóstico puntual, se lo va a tratar por ese diagnóstico y va a tener una cobertura del 100% en esa internación en todo lo referido a ese diagnóstico. Sí.

Entonces, voy a responder una consulta. Dentro de las coberturas del PMO, ¿cubre un empleado discapacitado o es por ese motivo que las empresas no contratan personal discapacitado? Bueno, en este caso, cuando hablamos de discapacidad, hay una ley puntual, la Ley 24.901 de Discapacidad, donde dentro de esta ley va a decir, sí, qué cobertura tienen los pacientes con discapacidad y todas las prestaciones que estas empresas de salud están obligadas, sí, a poder brindarle a sus afiliados. Esto es por un lado con respecto a las prestaciones. Ahora, con respecto a tu consulta puntual, sí, sí, el PMO cubre un empleado. Acá lo hablamos de empleados, hablamos de pacientes, porque no estamos hablando ya del tema laboral, estamos hablando de la cobertura que brinda el PMO. Y en este caso, y en este caso, entonces, sí, lo que se va a hacer es, en el caso de si vos me preguntas si una empresa va a tomar como empleado un paciente discapacitado, no, no tiene que ver eso con el PMO. El PMO habla de prestaciones médicas puntualmente. Lo otro ya es un tema laboral. ¿Se entiende?

Bien, y hay una persona que tiene el chat inactivo. Bueno, gracias por responder.

Bueno, con respecto al chat, se supone que volver a probar si me podés escribir, porque si lo tenés inactivo. Bien.

Sí, existe una ley de medicina privada, de medicina prepaga, perdón. Sí, sí, existe la ley donde va a decir, sí, qué cómo debe proceder una prepaga, qué prestaciones tiene que brindar. Y esta ley dice que las prestaciones que tiene que brindar una prepaga son las prestaciones que se encuentran incluidas dentro del PMO, prestaciones obligatorias, y las prestaciones que están incluidas dentro de la Ley de Discapacidad, la Ley 24.901, que va a decir qué prestaciones se van a brindar para estos pacientes. Sí.

Bien, entonces, siguiendo con las prestaciones que se realizan o que están dentro del PMO, a ver si ahora ahí, disculpen, chicos, en general a todos les digo, si ahora está habilitado el chat, porque había una persona que lo tenía inactivo. Bien. Les vuelvo entonces a comentar, siguiendo con el PMO, lo que va a decir el PMO son qué prestaciones se brindan en cada caso. Y lo que va a apuntar el PMO, sí, es a la prevención de los tratamientos. El PMO apunta mucho a tratamientos preventivos. ¿Qué quiere decir? Que, por ejemplo, con respecto, yo les nombré y les mencioné el tema de oncología, con respecto a la prevención en oncología, el PMO apunta a prevenir, por ejemplo, los cánceres femeninos de mama y cuello uterino, cómo lo hace a través de estos controles que todas las pacientes deben hacerse anualmente con el especialista en ginecología, donde este especialista le identificará ciertas prácticas de acuerdo a la edad, de acuerdo al rango etario de las pacientes, qué prácticas realizar para controlar que la paciente esté bien. Sí, por ejemplo, ese es un programa de prevención. Sí.

Cuando hablamos de prevención, también nos encontramos con un programa que se llama "Control de la persona sana", que lo que dice el PMO es que toda persona, de acuerdo también al rango etario, o sea, la edad que tenga, deberá, sí, o debería realizarse un control clínico anual, donde el médico va a analizar, va a ver cómo se encuentra el paciente, en qué estado, a través de ciertas prácticas diagnósticas para poder evaluarlo y allí evitar, sí, o comenzar un tratamiento médico a tiempo. Sí, ¿qué quiere decir? Que al poder ir haciéndose los controles anuales, sí, que indique el médico, está esta persona, este paciente está controlado y en caso de detectar alguna enfermedad, se puede comenzar con tratamiento médico a tiempo. Por qué a tiempo digo, porque siempre, cuanto antes se comience con un tratamiento médico, va a mejorar siempre la calidad de vida de la persona. Sí, entonces, la idea es detectar, sí, estos, algún tipo de diagnóstico de enfermedad para poder realizar estos tratamientos que, obviamente, se van a cubrir también.

Bien, entonces, voy nuevamente a ver las consultas. Sí, acá me hablan de el PAP, de la mamografía. Exacto, esas son este las prácticas que se realizan en el caso del control anual ginecológico de todas las pacientes femeninas. Otra consulta me dice: "¿Cómo sabemos que una práctica o especialidad es por PMO?". Sí, se explicó muy bien tu pregunta. Bueno, porque tenemos el PMO, sí, y sabemos qué es lo que se cubre a través del PMO. Sí, este PMO al que podemos acceder todos, no es exclusivo. Sí, yo puedo saber si me indican una práctica, si está dentro del PMO y si mi obra social o mi prepaga me tiene que brindar esa prestación. Sí, esto es importante también, porque a veces no lo sabemos o porque a veces creemos que no lo va a cubrir. Sí, entonces, yo puedo acceder al PMO y saber si esa práctica está dentro del PMO o no, o si debe cumplir algún requisito. Sí, porque quizás, este, para que esa, para que mi obra social o mi prepaga me autorice una práctica, bueno, yo tendré que presentar el pedido médico, un resumen de historia clínica justificando esa práctica puntual. Sí. Bueno, eso está dentro del PMO. Sí.

Dentro del PMO también vamos a encontrar el PMI, el PMI es el Plan Materno Infantil, que va a cubrir a la paciente embarazada, una vez que tiene el diagnóstico positivo del embarazo, hasta los tres años de vida del bebé. Va a cubrir todo el desarrollo de ese embarazo con los controles, con el especialista y las prácticas que se le van a indicar a la paciente para controlar la evolución del embarazo. Y una vez que nace el bebé, también, obviamente, va a tener toda la cobertura correspondiente al nacimiento, a la asistencia y a todos los controles que el bebé tenga que tener hasta los tres años de vida. Va a tener una cobertura en todas las prestaciones del 100%, siempre que esas prestaciones estén justificadas. Vale la aclaración, ¿por qué? Porque ¿qué quiere decir que estén justificadas? Bueno, que haya un pedido médico. Sí, si al bebé le vamos, el médico le va a indicar, por ejemplo, una leche maternizada, tiene que estar indicado por el médico como tratamiento médico. Sí, si la mamá dice: "No, está todo bien, el médico no me lo pide, pero yo quiero que mi bebé tome una leche maternizada, una leche especial", entonces no va a tener la cobertura del 100% porque lo que también el PMO va a indicar es qué cobertura, sí, va a tener en cada prestación, en cada caso. Sí. Lo mismo va a pasar con medicamentos. ¿Qué quiere decir? Que si yo tengo que comprar un medicamento que me indica el médico porque tengo una angina, si es un antibiótico que voy a tomar durante siete u ocho días, o un antiinflamatorio por un dolor, un tratamiento corto, sí, de algo que puntualmente de un proceso que está pasando en el momento, no que es una enfermedad preexistente o que voy a tener que tomar un medicamento por mucho tiempo. Estos medicamentos que se llaman de uso habitual van a tener una cobertura del 40%. Yo voy a ir a la farmacia con la receta que realiza el médico, o el paciente va a ir a la farmacia con la receta que realiza el médico y va a poder comprar ese medicamento con el descuento que le otorga la prestataria. En otros casos, hay medicamentos que se llaman crónicos, sí, que el paciente tiene que tomar durante mucho tiempo, que va a tener una cobertura del 70%. Y hay otros medicamentos que van a tener una cobertura del 100%, por ejemplo, si hablamos de tratamientos oncológicos, si hablamos de pacientes con discapacidad, si hablamos de pacientes con HIV, en internaciones. Sí, esto es un resumen de lo que es el PMO, porque la idea es que se entienda, sí, a qué hace referencia el PMO y cómo está compuesto. Obviamente, que el PMO es mucho más amplio y extenso, pero tengan en cuenta también que es un programa médico de prestaciones médicas básicas, puntuales y necesarias, como les decía al principio. Sí. Si el paciente se quiere hacer una cirugía plástica por una cuestión estética, el PMO no se lo va a cubrir, pero si esa cirugía es reparadora de una enfermedad, de un tratamiento, de algo puntual, en ese caso va a tener cobertura. La idea es que se entienda, porque si no ustedes van a decir: "Ah, bueno, ahora yo le voy a exigir a mi obra social, a mi prepaga, que me brinde todas las prestaciones que se me ocurran". No, hablamos de prestaciones puntuales, las prestaciones que están incluidas, sí, dentro de este PMO. Sí.

Entonces, volvemos a la prestataria, sí, que es la empresa que brinda el servicio de salud, sí, o sea, la obra social, la prepaga. Ellos tienen la obligación de brindar estos servicios puntuales, sí, ni más ni menos que estos servicios. Sí. Ahora bien, si estas prestatarias, si esta obra social o esta prepaga quiere agregar a esas prestaciones puntuales, sí, otras prestaciones, pudiera ser, pero no es obligatorio. Eso es una elección de la prestataria puntual y puede agregarlo o puede sacarlo en el momento que quiera y no tiene obligación de brindarlo a ese servicio.

Ahora bien, ¿cómo voy a regular o quién regula o cómo se regula que estas prestatarias cumplan con estas obligaciones? Existe la Superintendencia de Servicios de Salud, que quizás la hayan escuchado nombrar. Sí, está Superintendencia de Servicios de Salud cumple muchas funciones. Es el ente regulador de todas las prestaciones de salud. Sí, donde va a llevar un registro de las obras sociales, de las prepagas, de los prestadores, donde se tienen que inscribir para poder brindar estas prestaciones, para poder desarrollarse como tal, y donde también, a su vez, va a controlar, sí, que las prestaciones del PMO se brinden. ¿Qué quiere decir? Que si hay un paciente que tiene una obra social que, quizá, esa obra social no le está brindando las prestaciones que le tiene que brindar, o necesita una prestación puntual y no se la brinda, o está demorando en brindar ese servicio, en ese caso, el paciente puede realizar un reclamo ante la Superintendencia, y la Superintendencia va a regular esta prestación, o sea, va a analizar el caso puntual del paciente y va a obligar a esa obra social o a esa prepaga a que brinde la prestación. Es un ente regulador de los servicios y de las prestaciones de salud. Sí, cumple muchas funciones. Sí, es un organismo descentralizado del Ministerio de Salud y Acción Social, tiene una autonomía económica, financiera propia, sí, y va a regular todas estas prestaciones de salud. Vuelvo a repetirles, yo les voy mencionando cada punto y les doy un concepto para que sepan y para que tengan este primer conocimiento. Todo lo que yo les nombro acá y todo lo que les voy a ir nombrando, ustedes lo pueden realizar específicamente y, obviamente, mucho más profundo en el curso de facturación administrativo de, en el curso, perdón, administrativo de facturación de manifestaciones médicas. Todo esto que yo hoy se los estoy resumiendo brevemente es lo que en este curso desarrollo punto por punto y donde quien realiza este curso va a aprender a hacer estas facturaciones, va a aprender a realizar esta facturación, va a aprender a controlar y manejar la documentación, va a aprender a facturar de acuerdo a las normas específicas que se utilicen.

Y cuáles son esas normas específicas, o en realidad, qué herramientas va a tener un facturista o una facturista para poder realizar esto. Bueno, varias. Por ejemplo, el nomenclador nacional. El nomenclador nacional es un compendio de prestaciones médicas, sí, donde puedo encontrar en él el nombre de las prestaciones con un código asignado. Sí, quiere decir que cuando yo facturo una prestación, le voy a colocar un código de prestación, un código de seis dígitos que me van a indicar qué práctica es. Por ejemplo, si yo voy a facturar una consulta médica, sí, voy a poner el código 420101, que corresponde al nomenclador nacional. Y ustedes podrán preguntarse: "¿Pero ese código es para una obra social sola? ¿Para todas? ¿Es solamente en Buenos Aires? ¿Es en lugares específicos?". No, es nacional. Sí, por eso se llama nomenclador nacional. Quiere decir que si yo estoy facturando en Buenos Aires, en Capital, en Zona Sur, en Zona Oeste, en Córdoba, en Corrientes o en Chubut, voy a estar facturando con el mismo código las mismas prestaciones. Sí. En este nomenclador yo voy a tener, sí, no solamente la prestación y el nombre, sino mucha más información para realizar esa facturación, normas específicas de cómo voy a facturar las prácticas en general o cada práctica individualizada cuando tenga una norma puntual. Sí, y esto es lo que a mí me va a indicar cómo facturar. Por eso yo les decía al principio, no es solamente emitir una factura general del total de lo que yo estoy facturando, sí, sino es también respetar esta norma, sí, y codificar, cargar al sistema esta prestación de acuerdo a estos códigos del nomenclador nacional. Sí. Cualquier duda o consulta que tengan, por favor, me la me la hacen saber, así yo les puedo contestar. Sí.

Entonces, es muy importante conocer el manejo del nomenclador nacional. Esto es lo que también pueden aprender o van a acceder a ustedes en el curso de facturación.

Hay un solo nomenclador. ¿No hay otros nomencladores? Sí, hay otros nomencladores que coexisten con el nomenclador nacional y que tenemos que conocer también la normativa específica de estos nomencladores para poder facturar estas prestaciones. Sí. Este nomenclador, entonces, aguárdenme un segundito que voy a compartir pantalla. Espero se pueda ver bien. No sé si están viendo. Bueno, entonces, estoy compartiendo en pantalla. Sí, este nomenclador nacional. Voy a ver si me están diciendo si lo ven. Bueno, ahí voy a contestar todas las dudas, eh. Explico un poquito, les muestro el nomenclador nacional, sí, y ahí contesto todas las dudas, así no nos perdemos.

Bueno, fíjense, este es el nomenclador. Sí, ustedes van a encontrar entonces, se los voy mostrando desde el principio. Yo les decía que cada práctica va a tener, sí, una codificación de seis dígitos, el nombre, sí, de la práctica a la que corresponde y información puntual y específica que, obviamente, no les puedo este acá comentar porque es muy extenso, porque hay que aprender, este, primero otros pasos para poder llegar a la facturación. Lo que sí es importante que ustedes puedan entender ahora, y cualquier cosa voy a ir respondiendo sus consultas, es que tenemos una normativa de facturación, que lo que se aprende en el curso de facturación no es solamente emitir la factura con la cantidad que estoy facturando, sino juntar, ordenar la documentación avalatoria que yo tener que presentar, sí, y facturar con las normas del nomenclador nacional, por ejemplo. Sí.

Entonces, hay otros nomencladores. Sí, porque tenemos también el hospital público, sí, donde el hospital público tiene prioridad de atención para aquellos pacientes que no tienen ni obra social ni prepaga. Sí, pero también la prioridad la tienen aquellos pacientes que no se pueden atender en un lugar privado porque no tienen una prepaga, porque no tienen una obra social. Entonces, el hospital público va a brindar estas prestaciones del PMO a estas pacientes, pero también el hospital público puede atender pacientes que tienen obra social o prepaga, sí, y le van a facturar esas prestaciones a esas obras sociales y prepagas a través de otro nomenclador que se llama nomenclador de hospitales públicos de gestión descentralizada, que va a tener también su normativa específica y su modo particular de facturar. Bueno, es bastante. Sí, la idea del seminario es que ustedes entiendan la función puntual y específica que realiza el facturista, cómo la lleva a cabo, sí, y qué herramientas tiene para hacerlo. En el curso ustedes pueden aprender cómo se utiliza todo esto y cómo se llega a la facturación final, sí, a través de las normas operativas, de las normas de los nomencladores, sí, de la documentación laboratoria y de todos los procedimientos que se deben realizar para poder realizar esa prestación a esa prestataria. Sí.

Voy entonces a ver las consultas. Bueno, ¿dónde pueden descargar el? No sé si el PMO o el nacional. El PMO lo pueden descargar online. Sí, el nomenclador nacional no lo pueden conseguir muy fácilmente. Sí, no, no lo van a poder descargar online, no, no está habilitado. Bueno, para aquella persona, acá está, que dice: "Nomenclador para ir aprendiendo los códigos". Lo importante, Vanessa, no es solamente aprender los códigos, sino cómo se facturan y la normativa de facturación. Sí. Aclaro que si ustedes ven el nomenclador, es un compendio. Este nomenclador que les mostré en pantalla tiene aproximadamente 500 páginas con todos los códigos, o sea, que olvídense de pensar que se van a aprender todos los códigos de memoria, porque tampoco es necesario. Sí, para eso tenemos el nomenclador nacional. Sí, hay códigos que uno maneja en la cotidianidad habitualmente, porque si estoy facturando solo consultas, voy a aprender que el código de consultas es 420101 y lo aprendí. Si yo estoy facturando, este, solo radiografías, y me voy a aprender los códigos que más facturo en general a diario, y otros los tendré que buscar en el nomenclador. Sí, pero todos los códigos del nomenclador nacional, imposible que lo sepan de memoria. Sí, no es necesario.

Bueno, las internaciones CPT. Las internaciones, perdón, CPT. Que no sea que estás en qué área te referís, si por favor me lo podés aclarar, te lo respondo. Las fundaciones que dan servicios médicos por menor valor que una clínica, ¿cómo se hace? ¿Se ve en el curso? ¿Es solo facturación o recetas médicas también? Y las fundaciones utilizan el nomenclador hospitalario. Bueno, vamos a ver. Cuando hablamos de fundaciones, sí, depende entre el prestador, que es quien brinda el servicio, y la prestataria, que son las obras sociales y las prepagas. Se va a firmar, sí, para que esta prestataria contrate a ese prestador. Supongamos que yo soy una obra social, soy la obra social X, y necesito una clínica para que los afiliados que tengo se puedan atender en ese sanatorio. Yo voy a ir a esa clínica, voy a charlar, me voy a poner de acuerdo y la voy a contratar o no. Sí, ¿cómo se contrata? Se va a firmar un contrato, un convenio, y en ese convenio se van a establecer todas las normas de facturación. Quiere decir, cómo el facturista de esa sanatorio va a presentar la facturación a esa obra social o a esa prestataria, se entiende, a través de utilizar también los distintos nomencladores, pero teniendo en cuenta y respetando ese convenio, porque entre ambas partes se ponen de acuerdo y ahí queda establecida toda la norma operativa para poder realizar esa facturación, para que ese prestador pueda cobrar, obviamente, esos esas prestaciones.

Bueno, me preguntan si en el curso de facturación es solo facturación o recetas médicas también. Hay muchas cosas, todo lo que es referido a facturación. Sí, también se ve la facturación de hospitales públicos, también se ve la ley de discapacidad y esas prestaciones, también se ven otras cosas más y, obviamente, entra lo que es la facturación de medicamentos. Sí.

Ah, ahora sí entiendo la consulta de el CPT. No, acá utilizas el nomenclador nacional, el nomenclador de hospitales públicos y el convenio para establecer modalidades específicas y las formas de facturación. Sí.

Y consultorios propios para atención médica de todos los campos médicos, las especialidades médicas en el nomenclador nacional. Sí. A ver si entiendo la consulta. Si estamos hablando de un médico especialista, por ejemplo, un pediatra, sí, que tiene su consultorio privado y atiende, tiene que tener para poder atender a través de una determinada prestataria, sí, una obra social o una prepaga, tiene que tener este convenio previo, en donde en ese convenio se van a pactar los valores en que se van a facturar, sí, las normas de facturación, los tiempos de presentación, los tiempos de pago, sí, todo lo referido a ese convenio. Sí. ¿Qué documentación va a presentar ese profesional cuando facture o su facturista? Y en qué momento también se van a realizar los pagos. Todo va a quedar establecido en el convenio.

Ah, okay. Ahora entiendo. Un pediatra cobra 1500 pesos, por ejemplo. Me dice que nomenclador utiliza. Bueno, los valores no están en el nomenclador. Sí, los valores se pactan en el convenio. En el nomenclador lo que van a tener es la codificación y las normas para facturar. Sí, la presentación de esa facturación, cómo se va a hacer, qué normativa, cómo se factura una consulta. El valor se establece entre prestataria y prestador en ese convenio. Por eso, ¿qué puede pasar? Que vos vas al pediatra en esta institución y se puede facturar la consulta a 1500 pesos, y en otra institución a 1200, y en otra a 1800. Eso se pacta entre prestador y prestataria en ese convenio o en ese contrato. Pero voy a aclarar algo. Si en el caso de tu consulta, vos me decís que vos como posibilidad tenés que pagar la consulta, no estamos hablando entonces. Ah, perdón. Ah, quizás estamos hablando de un coseguro. Y vos me estás diciendo que es un coseguro. Ahí, ¿con qué nomenclador se factura? Seguramente con el nomenclador nacional. Sí, y el coseguro no lo establece el nomenclador, sino que lo establece el PMO. ¿Qué es coseguro? Se puede abonar. Sí. Ahora, si hablamos de un lugar privado donde yo no tengo una cobertura médica, ni una obra social, no tengo una prepaga, no tengo una obra social, pero me voy a atender a una institución privada, yo estoy pagando ahí la consulta particular. No me la cubre nadie, las pago yo, sí, de mi bolsillo. Sí.

Bien, en Santa Fe tenemos gremial médica. ¿Eso es legal? Claro, porque son diferentes convenios. Porque en las provincias también hay otros convenios y a veces otros nomencladores que coexisten con el nomenclador nacional. Quiere decir que no es que no pueden facturar con el nomenclador nacional o que solo se factura con el nomenclador nacional. Sí, el nomenclador nacional es la base. Sí, pero después se pueden modificar las facturaciones de acuerdo al convenio. Sí. Ojo, no interpreten que solamente se puede hacer a través del nomenclador nacional. Es la base. Yo tengo que conocer el nomenclador nacional y cómo funciona, pero después puedo facturar de otras maneras de acuerdo al convenio y de acuerdo a la institución o a la prestadora. Sí.

Bien, son fundaciones que cobran la consulta. Claro, exacto. Sí.

Bien. Por eso digo, entiendan que esto es muy amplio y que lo que yo les estoy contando no es una norma que se hace sí o sí para todos. Vuelvo a decirle, cada prestataria con cada prestador va a establecer un contacto, un contrato, un convenio, y van a establecer. Por ahí pudieran establecer que no se factura a través de nomenclador nacional. Bueno, entonces, si ambos están de acuerdo, también pueden hacer. Sí, por eso les vuelvo a repetir, hay varios nomencladores. El nomenclador nacional es la base, es nacional, pero después hay otros nomencladores que coexisten también con el nomenclador nacional.

Bien, entonces, hay muchas formas de facturación. La codificación en general siempre se va a respetar la del nomenclador nacional, pero hay muchas formas que vamos a tener en cuenta. Sí. Un facturista tiene que conocer el manejo del nomenclador nacional. Esa es la base. Sí, y a partir de ahí podrá facturar de las distintas maneras de acuerdo a la institución en donde se esté desempeñando. Sí.

Además del nomenclador nacional y el nomenclador de hospitales, hay un nomenclador también que es de anestesia. La facturación de anestesia se hace a través de la Asociación de Anestesiología, sí, y tienen un nomenclador específico también con sus normas específicas. Sí, hay otro nomenclador que es específicamente de traumatología y ortopedia, solamente para esas prácticas, tiene una normativa específica. Y hay otro nomenclador que se llama NBU, que es Nomenclador Único Bioquímico, que es para prácticas bioquímicas o prácticas de laboratorio, que también va a tener algunas diferencias con el nomenclador nacional. Sí, por eso les decía, hay más nomencladores que coexisten con el nomenclador nacional. Vuelvo a repetirles, el nomenclador nacional es la base para toda facturación y para todo facturista. Aparte, ¿por qué? Porque todas las prácticas que se encuentran en el nomenclador nacional son las prácticas que corresponden al PMO, están comprendidas dentro del PMI. Sí, entonces, este nomenclador es básico y por eso les digo, es la base de toda facturación. Después se puede salir, se puede correr del nomenclador nacional, sí, por supuesto. Sí, y vuelvo a decirle, siempre y cuando ambas partes se pongan de acuerdo y firmen ese contrato o ese convenio que se firma entre prestador y prestataria. Es muy importante porque establece formas de facturación, sí, y es el contrato, sí, el convenio que ambas partes firman y que están de acuerdo en cómo se va a llevar a cabo esa facturación y cómo va a ser la atención de sus afiliados y qué prestaciones le va a cubrir a esos afiliados en ese prestador. Por qué, porque una persona puede tener la obra social X y puede tener el sanatorio, no sé, San Carlos, para internaciones, pero para el resto de las prestaciones, no. Para el resto de las prestaciones, esa obra social tiene convenio en otro centro médico, sí, en otro centro de diagnóstico por imágenes. Sí, por eso muchas veces pasa que el paciente se va a atender a un prestador y dice: "Bueno, pero como yo me".

Hice acá una radiografía y me hice también al laboratorio. Vengo acá a hacerme una tomografía y se encuentran con qué la tomografía no se la cubre ese prestador. ¿Por qué? Porque esa prestataria contrató, sí, a ese prestador solamente para laboratorio y para radiología. Para todo lo demás tiene otro prestador. ¿Se entiende? Por eso hay diversidad. Por eso hay distintos prestadores en distintos lugares. Y por eso cada prestador a veces tiene específicamente algunos servicios contratados para esa obra social y no todas. Sí, eso es importante también que se entienda y que quede claro. Sí, para que no se le mezclen y después crean que siempre que hay un convenio de por medio todo lo que se realiza ahí se lo va a cubrir a ese afiliado o a ese paciente. Sí.

Bueno, vamos a hablar entonces o vamos a volver un poco a la función específica de este facturista. ¿Esto facturistas no? ¿Qué hace un facturista? Bueno, ¿cómo factura estas prestaciones? Yo les hablé de los nomencladores que son las herramientas. Sí, el convenio que es fundamental e importante porque en base a eso yo voy a tener establecido cómo voy a realizar esa facturación. Sí, cómo se va a llevar a cabo. Sí, la documentación avalatoria. Yo tengo que saber también se va a establecer en ese convenio cómo es la documentación que yo tengo que presentar. ¿Qué documentación? Por ejemplo, quizás muchos de ustedes alguna vez se hayan tenido que hacer una tomografía o una resonancia y les han pedido que la prepaga o que la obra social autorice esa práctica. O sea, al momento de presentarse el paciente a realizar esa práctica, esa tomografía, por ejemplo, vamos a tomar una tomografía como ejemplo, el paciente tiene que presentar la orden médica, el pedido médico. Sí, de las que hablé anteriormente, realizado por el médico que solicita esa práctica, la autorización de la prestataria. Sí, para poder realizarse la práctica. En el momento de facturar esa práctica, esos facturistas tendrán que controlar nuevamente esa orden médica que tenga todos los datos que se requieren, que la autorización sea la correspondiente, obviamente, y que tenga agregado una copia del informe. Esa es la documentación avalatoria en algunos casos para alguna documentación. Sí.

Vuelvo a repetir, yo no sé si se los estoy haciendo por ahí más complejo. La idea es que se entienda lo más sencillo posible. Sí, acá tengo una consulta que me dicen, las normas que están determinadas en los convenios pueden ir modificándose. Los prestatarios están obligados a informarlas. Sí, muy buena pregunta. Se pueden modificar todo el tiempo. Ese convenio se puede modificar, se puede agregar o se pueden sacar cosas. Y sí, están obligados porque si no ni uno ni otro lo sabe. Y porque aparte, como es un convenio que se firma entre ambas partes, yo tengo que estar de acuerdo. Prestador y prestataria tienen que estar de acuerdo. No es que el prestador lo modifica y ya está. Lo va a modificar, pero ambas partes tienen que firmar, tiene que haber un acuerdo en esos convenios. Sí.

Bueno, entonces siguiendo con esta función, la documentación avalatoria, la carga de datos en el sistema. La carga de datos, ¿qué es? Es yo voy a cargar al sistema de la institución lo que estoy facturando. ¿Qué estoy facturando? Por ejemplo, la tomografía. Bueno, voy a cargar con la orden en mano la fecha, los datos del afiliado, el nombre de la obra social o de la prepaga, el código de esa prestación. En el caso de, supongamos que es una tomografía de columna, voy a poner 341012 y automáticamente me va a salir en el sistema el valor de la prestación. ¿Por qué automáticamente? Porque previamente se cargó el valor a ese sistema. Y acá hay un detalle que es el sistema que utilice, el sistema de carga que tenga cada empresa. No hay un sistema puntual y básico para todos. Cada institución, cada empresa tiene un sistema propio. Sí, y la carga se va a hacer, obviamente, de acuerdo a ese sistema. Pero básicamente siempre los datos que se van a cargar son los mismos: los datos de la orden y el código de prestación, obviamente con el valor establecido. Sí.

Creo que respondí tu pregunta. Sí, las normas están determinadas en los convenios, se pueden modificar. Sí, y los prestatarios están obligados a informarlos siempre. Sí, si no está firmado por ambas partes no se puede modificar. ¿Por qué no corresponde? Siempre toda modificación debe ser aceptada por ambas partes. Sí.

Entonces, es muy importante. Sí, es muy importante la función del facturista y por eso es muy importante que conozca las normas de facturación, que conozca el convenio. Sí, porque porque si yo facturo mal. Sí, estas prestaciones, si están mal facturadas, si no se respetan las normas del nomenclador, si me equivoco en un código, si la documentación avalatoria no está en condiciones. Sí, entonces la prestataria me va a decir, como esto no está en condiciones y como está aclarado en el convenio que se debe de presentar en condiciones, esto no se paga. Sí, se va a realizar un débito, me van a debitar esa prestación, por lo cual es muy importante conocer las normas de facturación y saber cómo se debe de facturar cada prestación. Se entiende, porque si no no se van a abonar esas prestaciones. Y imagínense que al prestador, obviamente, como a todos, no le va a gustar que no se pueda abonar esa prestación porque el prestador, para realizar esa prestación, obviamente tiene esa prestación un costo. Sí.

Entonces, no es solamente facturar y listo. Es conocer el nomenclador nacional. Y vuelvo a repetirles, conocer el nomenclador nacional no significa que tengan que saber todos los códigos de memoria, para nada. Pero sí conocer el nomenclador y manejo del nomenclador nacional significa yo agarro el nomenclador y lo que voy a buscar, sé dónde lo voy a buscar y qué tengo que buscar cuando busco una información en el nomenclador nacional. Sí, qué norma voy a aplicar para facturar una práctica específica. Sí, y eso es la función del facturista: seleccionar la documentación, controlar la documentación, saber cómo facturar, saber los tiempos de presentación. Sí, saber por qué motivos yo no puedo facturar alguna práctica específica porque me va a generar un débito o un rechazo, que me devuelvan esa prestación sin abonarla. Entonces, obviamente que si yo veo un error en la orden. Sí, que voy a facturar en esa documentación, no la facturo. Voy a separarla para poder arreglarla. Sí, ponerla en condiciones para poder facturarla bien. Sí.

Entonces, esto es lo que ustedes pueden aprender a través del curso: cómo funcionan los nomencladores nacionales, cómo utilizar el nomenclador nacional, cómo utilizar otros nomencladores, cómo tener en cuenta el convenio. Sí, y cómo facturar en base al convenio, las normas operativas, las normas de facturación, los tiempos de presentación. Sí, porque también se deben de respetar los tiempos de pagos. Sí, todo esto es muy importante. Y como les decía al principio, no es tan difícil ni tan complicado. Todo es práctica, todo es aprendizaje. Y esto se ve en el curso de facturación. Y es lo que les va a dar a ustedes la base para cualquier otra, para cualquier otra capacitación en salud. Porque en lo que es salud, yo siempre digo, hay posibilidades. Sí, de distintos lugares o distintas funciones a cubrir. O sea, para que quiera trabajar en salud, para que le guste trabajar en salud, para el que esté trabajando en salud cuando quisiera modificarse función, cambiarse de función. Si la persona está trabajando en recepción o admisión de pacientes en el sector de tomografías, por ejemplo, y quiere pasar a facturación porque no quiere más, por ejemplo, estar en atención al público, bueno, tiene muchas veces la posibilidad de hacerlo de la misma empresa donde está trabajando. Hoy por hoy, las empresas hacen previamente una búsqueda interna antes de una búsqueda externa. O sea, le dan la posibilidad a empleados que ya están en otros puestos laborales a poder hacer ese cambio. Para eso, obviamente, tienen que estar capacitados, tienen que conocer cómo se lleva a cabo estas funciones. Y no tienen solamente facturación, tienen también auditoría administrativa, tienen, pero sur, tienen análisis de débito. Sí, tienen otras funciones administrativas. Por eso yo siempre digo, en salud pueden abarcar diferentes sectores y pueden ir rotando. Qué es lo básico que ustedes tienen que conocer de la parte administrativa para partir de ahí poder hacer diferentes capacitaciones y poder ir moviéndose dentro de todo el ámbito administrativo. La facturación. Sí, la facturación es la base y es muy importante. Y a partir de ahí pueden realizar cualquier otro tipo de capacitación. Sí, referida a salud. Pero si ustedes no conocen el sistema de facturación, no manejan el nomenclador nacional y no saben facturar, es muy complicado avanzar con otras capacitaciones. Sí.

Entonces, para que quede claro. Sí, lo importante o las funciones específicas de la persona que factura las prestaciones médicas es tener el conocimiento de todo esto: del convenio, de los nomencladores, de las normas operativas. Sí, de las diferentes formas de facturación. Sí, hay otras formas de facturación, como yo les dije anteriormente. Todo esto es lo que tiene que conocer. Incluso la pregunta de ustedes no con respecto a los medicamentos. Claro, ¿cómo se va a facturar también los medicamentos? Porque se el medicamento o los medicamentos se facturan cuando el paciente está internado y recibe esa medicación. Cuando el paciente va a hacerse una práctica donde necesita o requiere medicamentos, la farmacia es también donde la farmacia donde el paciente va a comprar ese medicamento que se le indica es también prestadora. Sí, porque también la farmacia va a firmar un convenio o contrato con esa prestataria, con esa obra social o con esa prepaga para atender a estos afiliados con estos beneficios de descuentos que les mencioné anteriormente que están comprendidos en el PMO. Después la farmacia va a facturar también. Sí, a esa prestataria con la documentación avalatoria correspondiente. Sí, de acuerdo a la normativa puntual. Sí, ahí no hay nomenclador de medicamentos. No se llaman nomencladores de medicamentos. Sí, tenemos este el manual farmacéutico, tenemos la página Alfa Beta, tenemos el Kairos, donde pueden encontrar dentro de estos, este en las páginas porque ya no vienen impresos. Sí, las páginas están actualizadas permanentemente a través de un sistema online. Entonces ustedes acceden a estas páginas y pueden ver el nombre del medicamento de acuerdo a los diferentes laboratorios, cómo es la presentación, o sea, si es comprimidos, comprimidos por ocho, comprimidos por doce, comprimidos por veinte, el valor, obviamente, y la acción terapéutica. Sí, toda esa información está dentro de de estas páginas. Exacto. Sí, sí, son estas que yo les mencioné, son los diferentes páginas a las que pueden acceder que tienen esta misma información de acuerdo a cada laboratorio, las presentaciones, los valores. Por lo cual, a través de eso ustedes tienen el valor del medicamento y la información que necesiten con respecto a ese medicamento. Sí.

Bueno, también en salud tenemos la auditoría médica. Sí, ¿qué es la auditoría médica? El médico auditor es un médico clínico, un médico especialista, también tiene su especialidad, pero aparte va a tener esta especialidad de médico auditor. ¿Qué quiere decir o a qué hace referencia esta especialidad? Tiene conocimientos administrativos de la parte administrativa en salud, la parte prestacional, conoce también el manejo del nomenclador nacional, firma y realiza muchas veces estos convenios. Sí, y va a autorizar estas prestaciones a las que yo les hacía referencia hace un rato. Sí, ¿se acuerdan que yo les decía? Bueno, cuando un paciente va a la obra social o a la prestataria. Sí, a realizar autorización de esa práctica. Bueno, lo la autorización la realiza este médico. Este médico auditor va a autorizar prácticas, va a autorizar internaciones. Sí, va a asistir a la parte administrativa desde el lado clínico. Sí, si el facturista, por ejemplo, tuviera una duda con una orden o con la facturación de alguna prestación, si esa prestación corresponde o no corresponde más allá del convenio, el médico auditor, justamente porque es médico, podrá analizar esa prestación. Sí, e indicar si se puede facturar o no y cómo se va a realizar esa facturación. Autorizar también, autorizar también. Sí, las distintas prestaciones. Sí, vuelvo a decirles, puedo evaluar clínicamente. Sí, el diagnóstico, la práctica solicitada y por eso va a autorizar, obviamente, teniendo en cuenta el PMO y el nomenclador nacional. Sí.

Bien, no sé si tienen alguna duda o consulta más con respecto a lo que vimos. Si tienen alguna duda específica sobre esta función o algún otro tema que quizás no mencioné pero que quieran. Sí, que les explique algo puntual. Vuelvo a repetirles un poco lo que les dije al principio. La idea del seminario es que se pueda entender cuál es la función, cuáles son las herramientas que va a tener el facturista y cómo ustedes pueden acceder a esto. Los cursos de facturación preparan. Sí, a las personas para poder desenvolverse en esta función. Aprenden a manejar los diferentes nomencladores y aprenden a valorizar también estas prestaciones. Sí, y obviamente las normas operativas puntuales que se van a llevar a cabo.

Bien, ahí veo entonces otra consulta en el chat. ¿Qué profesionales de la salud funcionan como médico, como auditores médicos? Bien, el médico que tenga esa especialidad es una especialidad administrativa. Sí, no. O sea, si la pregunta es si cualquier especialista puede ser médico auditor. Sí, si se capacita, si tiene esa especialidad, lo puede hacer. Sí, no es que depende de la especialidad, pero tiene que tener este conocimiento puntual. Por eso no todos los profesionales médicos son médicos auditores, tienen que tener esta especialidad. Sí, en auditoría médica. Exacto. No tiene que ver con la especialidad médica. Puede ser médico clínico o puede ser médico ginecológico, este cirujano, pediatra, la especialidad que tenga clínica. Sí, no tiene que ver con esto. Para esto se puede capacitar, tiene que ser médico, obviamente, y va a adquirir esta especialidad. Por lo cual se puede desempeñar como médico auditor. Sí, no todos los médicos conocen el manejo de la parte administrativa, obviamente, no es lo que les corresponde a su área. Sí, por eso no todos conocen el tema de facturación también, ni manejan toda la parte prestacional. Sí, los médicos auditores tienen este conocimiento puntual. Trabajan en conjunto muchas veces con el facturista. Sí, porque se ayudan para esta facturación. Bien, soy de Ecuador y mi pregunta es porque trabajo para una medicina prepaga, soy obstetra y hago de auditor médico. Bien, perfecto. Sí, Edith, obviamente no, no tenés que tener una especialidad puntual. Puedes tener cualquier especialidad y tener, obviamente, este conocimiento asistencial y administrativo en salud. Sí.

Bien, bueno, como para ir cerrando un poquito, si no hay más consultas, también decirles que la función del facturista puede ser también la de. Voy a responder una consulta del chat. En el curso de facturación se ve ampliamente facturación de traumatología o hay algún curso específico para ese tema. En el curso de facturación, Nelly, ves todo lo que es facturación. Sí, o sea, no es específicamente especialidad por especialidad, es en general. No hay, no hay un curso específico para facturación de traumatología o de cualquier otra especialidad específica. Sí.

Les decía también entonces, si no respondí alguna consulta o pregunta, les pido que la vuelvan a elaborar así se las puedo contestar. Y lo que les decía también, que el facturista también, aparte de desarrollarse en una en el lugar del prestador facturando estas prestaciones, puede también puede también desarrollar la función de liquidador. ¿Quién es el liquidador? Quien recibe en la prestataria, en la obra social o en la prepaga, la facturación del prestador y controla. Sí, esa facturación. O sea, digamos que es como a la inversa. Va a recibir la facturación. Sí, y va a controlar que todo lo facturado esté correcto de acuerdo al convenio. Sí, y de acuerdo a las normas de facturación. Por lo cual tiene que ser facturista, porque tiene que conocer el nomenclador nacional, porque tiene que conocer ese convenio y porque va a determinar. Sí, qué es lo que está correctamente facturado y se paga y qué es lo que no y se debita o se rechaza. Sí, eso también es muy importante y es una otra función más en lo que es función administrativa en salud. Voy al chat así les voy respondiendo. ¿Cuántos módulos hay? Realmente todo lo que mencionó es lo que sé, pero no usamos en el administrador que tiene acá. ¿Qué módulo corresponde al uso del nomenclador y cuánto es la duración? Bueno, te cuento, Edith, son en el curso de facturación son diez clases. Sí, donde se ven todos estos temas y muchos más que hoy obviamente no llegué a mencionar. No es por módulo, sino por clases. Sí. Y la siguiente pregunta es, el médico auditor puede ser parte de los convenios entre prestadores y prestatarios. Sí, sí, por supuesto. Muchas veces los convenios, de acuerdo a la institución, muchas veces estos convenios los realizan los médicos auditores. Son los que también pactan valores porque justamente tienen todo este conocimiento prestacional, arman los convenios, pactan los valores y ayudan con la parte clínica de las facturaciones. ¿Qué quiere decir esto? Por ejemplo, si estamos facturando una internación, en la internación hay que controlar muchas más cosas que si se factura una consulta o una prestación de una práctica especializada. ¿Por qué? Porque en la facturación hay una hoja de seguimiento clínico diario. Sí, donde cada médico que controla ese paciente va a a poner con fecha y día por día. Sí, cómo encontró al paciente y si le indica alguna prestación, alguna medicación, si le indica alguna práctica en esa internación, tiene que estar pedida en la historia clínica, tiene que estar el resultado de esa práctica. Sí, cuando le da el alta, tiene que indicar en qué fecha le da el alta, cómo se va el paciente en esa alta, con qué indicación. Todo eso tiene que estar en la historia clínica y eso va a ser la documentación avalatoria para facturar esa internación. Eso lo va a chequear el médico auditor con respecto a la parte clínica, a la parte de los tratamientos, de los controles médicos. Sí, todo eso también va a controlar el médico auditor. Va a auditar, auditar es controlar. Sí, y de esto se encarga puntualmente el médico auditor. Si la medicación que se le indicó corresponde, es correcta, va a controlar toda la parte clínica, diagnóstica y de tratamiento. Y después el facturista va a controlar la parte administrativa. Sí.

Vuelvo a ir al chat. Me dicen, ¿qué nombre recibe el curso de capacitarte donde enseñan a facturar prestaciones médicas en la práctica? Es el curso administrativo. Sí, curso administrativo de facturación de prestaciones médicas. Con ese nombre lo vas a encontrar. Sí, el curso de es de facturación en general e incluye también la facturación médica o el de facturación médica. Esa parte no. Facturación médica es todo el curso. Es de facturación de prestaciones médicas, que es todo eso. Sí.

Bueno, no hay problema, ya estamos terminando igual. Perfecto. Bueno, entonces vuelvo a repetir, el curso es de facturación de prestaciones médicas. En la facturación de prestaciones médicas encontramos todas las prestaciones en salud: consultas, prácticas médicas especializadas, internaciones, cirugías o prácticas quirúrgicas. Sí, medicamentos. Sí, todo eso está dentro del curso. Todo lo que el facturista tiene que saber para poder facturar se encuentre en la institución que se encuentre. Porque ustedes pueden estar en un sanatorio o en una clínica y van a facturar un poco de todo, o pueden estar solamente en un centro de diagnóstico por imagen y van a facturar solamente radiología, ecografía, tomografía y resonancias, o pueden estar en un laboratorio de análisis clínicos. Sí, o prácticas bioquímicas y facturar solamente prácticas bioquímicas, o en un grupo médico o en un consultorio externo donde solo se realicen consultas. Sí. Bueno, entonces este curso, por eso les decía, es para todas las prácticas, para todas las prestaciones médicas en general. Sí, ustedes van a poder desarrollarse en cualquier prestador, realice la prestación que realice, cualquier prestación. Sí.

Bien, Mercedes, hay un curso específico en discapacidad. Mira, Mercedes, que yo sepa no. Te lo voy a contestar con seguridad porque yo sepa no. Sí, sí, en el curso de facturación vemos las prestaciones de discapacidad y todo lo que comprende esta ley que les mencionaba que es la 24.901. Sí, no que sabría decir con exactitud si en algún lugar hay un curso puntual que sea solamente de discapacidad. Sí.

Bien, no sé si hay alguna otra consulta que quieran realizar. Sí, algo que quieran comentar. Espero les haya quedado claro y haya podido responder las dudas. Sí, para que bueno, tengan este conocimiento básico de que por lo menos saber cómo es la función, cómo se desarrolla, qué es lo que hace un facturista, que a veces uno ni se imagina. Sí, se cree que es solamente emitir una factura y ya. Sí, sino que hay detrás de esto toda una serie de desarrollo de normativas y de conocimiento que uno tiene que saber porque sino, obviamente, o no lo puede realizar o lo va a realizar mal. Bueno, entonces si no hay más consultas y dudas, hasta acá nos vamos a ir despidiendo. Sí, les agradezco mucho la atención, les agradezco mucho que hayan participado a todos los que participaron, a todos los que estuvieron presente. Sí, y bueno, un placer y nos estamos viendo. No sé si hay alguna. Bueno, veo que algo más. Bien, si también se aprende odontología. Sí, no específicamente, vemos en el nomenclador nacional y las prestaciones de odontología cómo se facturan y obviamente qué códigos se utilizan. Sí, y aprendemos a manejar o a leer el odontograma, que es donde el médico odontólogo va a mencionar qué pieza puntual está trabajando o trabajó con el paciente y está facturando. Bueno, gracias a ustedes también. Un placer entonces. Bien, gracias a ustedes. Nos vemos entonces. Buenas noches para todos.