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En vídeos anteriores vimos cómo funciona el poder ejecutivo y el poder legislativo. Hoy hablaremos sobre el tercer poder del estado: el poder judicial. ¿Cuál es su función? ¿Por qué es importante?
Así, el poder judicial, al igual que el legislativo y el ejecutivo, es un poder autónomo e independiente. Su función principal es la administración de justicia en todo el Perú. El objetivo: garantizar la defensa de los bienes y derechos de todos los peruanos. Para esto, resuelve los litigios o controversias que se presenten entre diferentes personas naturales o jurídicas, llamadas partes en el proceso judicial, y se encarga de hacer cumplir las distintas obligaciones y responsabilidades que le corresponden a cada una de ellas.
Esta resolución de conflictos se basará en la constitución y las normas vigentes de nuestro sistema legal y culminará en una sentencia judicial. Para lograr lo anterior, el poder judicial cuenta con distintos órganos e instancias a las que podemos acudir, respetando un orden según su jerarquía. Si no estamos de acuerdo con una sentencia judicial, podemos pedir a una instancia superior que la revise. Sin embargo, una vez que llegamos a la última instancia, esta sentencia se considerará cosa juzgada; es decir, ya no caben más pedidos de revisión: hay que acatar lo resuelto.
Revisemos cada una de estas instancias.
En la base de la pirámide tenemos a los juzgados de paz no letrados. Estos son la unidad más simple y tradicional de impartir justicia. Existen en poblados pequeños o alejados que necesitan una autoridad judicial local. Se llaman así, pues el juez no tiene que haber estudiado derecho, a diferencia de las otras instancias. Los requisitos para ser juez de paz son: tener más de 30 años, ser vecino del lugar, haber completado al menos la primaria, tener una profesión u oficio conocido y conocer, además del castellano, el quechua, aimara o cualquier otra lengua o dialecto que predomine en su localidad.
Si no estamos de acuerdo con su decisión, deberemos apelar a un juzgado de estancia letrado. En algunas ciudades o poblaciones existen juzgados de paz letrados a los que podemos acudir a nivel local para resolver conflictos en materia civil, penal (solo faltas, no delitos) y laborales. Asimismo, en caso de que no haya un notario o este no se encuentre, puede realizar algunas funciones notariales, como legalizar una firma.
Si no estamos de acuerdo con la decisión de un juzgado de paz, deberemos apelar a los juzgados especializados o mixtos. Los juzgados especializados son mixtos, con competencias en las provincias que la de Endesa ha asignado. Suelen ser la primera instancia a la que podemos acudir si no estamos en poblaciones pequeñas o alejadas, como las descritas en los juzgados de paz. Estos pueden recibir casos en materia civil, penal, laboral, agraria, de familia, tránsito, seguridad vial, constitucional y otros que la Corte Suprema considere necesarios.
Sus decisiones pueden ser apeladas a las cortes superiores. Las cortes superiores tienen competencia dentro de sus distritos judiciales. Según las necesidades de cada uno, se crean salas especializadas que solo revisan una determinada materia o mixtas en asuntos de derecho civil, penal, laboral, agrario o de familia. Para los casos que, por no cumplir con los requisitos, no pueden llegar a la Corte Suprema, la corte superior será la última instancia a la que se puede apelar; es decir, la última a la que podemos pedir que se realice en un caso en el que no estamos de acuerdo con la decisión tomada.
Finalmente, en la punta de la pirámide del poder judicial tenemos a la Corte Suprema. La Corte Suprema tiene jurisdicción en todo el territorio nacional y su presidente es considerado el representante de todo el poder judicial. Asimismo, la sala plena de este órgano es el órgano supremo deliberativo de este poder. Pero no cualquier caso puede llegar a la Corte Suprema; solo revisan casos en materia civil, penal y constitucional. Además, solo admite recursos de casación, contiendas de competencia entre jueces, resuelve ciertas consultas y algunas apelaciones previstas en la ley, como cuando se apele una sanción impuesta por la sala superior u otras en materia constitucional.
¿Quiénes son las personas detrás de estas instancias? Los jueces se clasifican en tres grados y son elegidos mediante un concurso de selección, antes en manos del Consejo Nacional de la Magistratura, institución que ha sido reemplazada por las y justicia, de la que hablaremos en otro vídeo. Siempre que sea posible, los jueces deben propiciar la conciliación entre las partes. Asimismo, son responsables por impulsar el proceso; es decir, solicitar toda la información de las partes que consideren necesarias para tomar una buena decisión. Finalmente, son responsables por las faltas o delitos que cometan en el ejercicio de sus funciones.
Para ser asignados a los distintos órganos según su jerarquía, se toma en consideración los méritos que han logrado en su carrera judicial, su idoneidad moral y la antigüedad de su labor como juez.
En conclusión, el poder judicial es el poder encargado de administrar justicia en nuestro país, con el objetivo de garantizar los bienes y derechos de todos los peruanos. Para acudir a él, debemos respetar el orden jerárquico de sus distintos órganos de revisión.
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