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Evolución Histórica de los Derechos Humanos. Línea de tiempo.

Aprendiendo en menos de 15 minutos11:40

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Qué tal, hola. Sean todos bienvenidos. Yo soy el profesor Gilberto Pérez Argüelles y recuerden que aquí en este canal todos, todos aprendemos en menos de 15 minutos.

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Iniciamos la sesión del día de hoy. Estaremos trabajando el video que tiene como título: Evolución histórica de los derechos humanos, línea de tiempo. Vamos a ver el objetivo. Trataremos de identificar, por medio de eventos, la forma en cómo han evolucionado los derechos humanos. Además, vamos a reflexionar sobre el cambio de mentalidad que se ha dado en esta evolución histórica y, por último, vamos a conocer el caso de México, sobre todo destacar esta cuestión histórica de los derechos humanos en el caso de nuestro país.

Dicho lo anterior, entonces debemos comenzar. Tendríamos que iniciar en el punto número uno de nuestra línea con las culturas griega y romana, sobre todo en el caso de Grecia, donde se va a proponer, enaltecer valores como la libertad y la igualdad, aunque la existencia de esclavismo muestra el poco progreso que existirá en el respeto de la dignidad humana. Hablar de los derechos humanos en las culturas antiguas como la griega o la romana es un poco complicado porque, lamentablemente, existían situaciones de esclavismo, por ejemplo. Y así, entonces, podríamos nosotros anotar que, pues prácticamente, solamente quedaba en intención de algunas respuestas, algunas escuelas como la herónista.

En el punto número 2 de nuestra línea del tiempo hablaremos un poco de la Edad Media. Se va a presentar en esta época un dominio de carácter religioso. Las personas ahora se van a someter a ideales espirituales. Se construye una conciencia que no logra la autoconciencia y entonces la relación de las altas jerarquías y las personas será de sumisión y miedo. En este caso, en la Edad Media, pues hablar de derechos humanos o la existencia de estos, pero también un poco complicado dadas las circunstancias que hemos anunciado, sobre todo en esta cuestión de tener a las personas bajo esta relación de sumisión y miedo.

Podríamos también hablar ahora del Renacimiento. En el punto número 3 de nuestra línea del tiempo va a iniciar el renacer del pensamiento rancio, este racional. Van a surgir algunos derechos naturales e innatos, mientras en los humanos se van a reconocer como personas que pueden auto gobernarse y, por supuesto, van a quedar atrás algunas leyes divinas, cuestiones relacionadas a la religión. En el Renacimiento, entonces, tenemos este renacer, sobre todo del pensamiento individual, del pensamiento racional, donde entonces comenzarán a surgir las ideas de la existencia de algunos derechos, en este caso naturales o innatos. Y en esta situación de una mayor conciencia, vemos como la mentalidad ha ido ya teniendo cambios en cuanto a lo acontecido en épocas anteriores.

Continuando con nuestro orden de línea del tiempo, en el punto número 4 vamos a notar el iusnaturalismo. Es una perspectiva humanista que tratará los derechos como propios de la naturaleza de las personas. Los derechos y las normas, entonces, tienen un origen natural y son inherentes al ser humano. En esta época de la situación del naturalismo, tendríamos que estar conscientes del cambio que se va a tener, sobre todo de considerar al ser humano como propio de adquirir, verdad, por su propia naturaleza humana, derechos. Y entonces aquí podríamos comenzar ya a ver, no la existencia de el origen, tal vez, de un poco del origen de los derechos humanos.

En el año de 1627, en el punto número 5, aparecerá lo que se conoció como Petición of Rights. El Parlamento inglés impone este documento al monarca Carlos I. Se trata de 11 artículos que establecen derechos como libertades individuales o situaciones relacionadas a la seguridad personal. Cuando hablamos de derechos humanos, tendríamos que estar señalando a Inglaterra, ¿verdad?, como una de las cunas, situación de la existencia de derechos humanos. Petición, Petición of Rights, al final se va a convertir en una situación de establecimiento de existencia de derechos humanos, ¿verdad?, sobre todo buscando libertades y seguridad personal.

En el punto número 6 de nuestra línea del tiempo, en el año de 1679, aparece lo que se conoció como la Ley Habeas Corpus. Es un documento que cumple todo lo establecido por Petición of Rights. Ahora los jueces podían examinar la legalidad de las órdenes de aprensión para evitar abusos. La existencia de jueces para que, en este caso, algunas autoridades no pudieran tener esta cuestión de abusar de su poder y poder hacer preso a personas sin que necesariamente hubiera una cuestión de legalidad. Aquí, entonces, comenzamos a darnos cuenta que también estamos hablando del caso de Inglaterra como la existencia, tal vez, de esta origen y también evolución de los derechos humanos.

Pasando al siguiente punto de nuestra línea del tiempo, el punto número 7 señala el año de 1776 con la Independencia de Estados Unidos. Iniciaba la época moderna de las declaraciones de los derechos. Se van a valorar derechos que tienen que ver con libertades políticas, sobre todo con la posibilidad de votar, de elegir a nuestros representantes y también con la posibilidad, con el derecho de ser votado, o sea, de poder ocupar algún puesto público. Y así, entonces, otra de las cunas de los derechos humanos debe ser, entonces, el caso de Estados Unidos. Los estamos diciendo que con la declaración de Estados Unidos de su independencia se va a generar una constitución que le va a dar peso importante, sobre todo a las libertades políticas.

Avanzando en nuestra línea del tiempo, vamos al punto número 8. En el año de 1789 se va a presentar la Declaración Universal de los Derechos Humanos del Hombre, producto de la Revolución Francesa. Buscaba su justificación en la idea universal de igualdad natural y también de igualdad política de los derechos humanos. Libertad, igualdad y fraternidad es el lema de la Revolución Francesa y es prácticamente en esta época donde se va a dar, pues digamos, la situación del inicio y el origen, ya digamos un poco mucho más claro, de esta situación de los derechos humanos. Importante, entonces, decir que en el año de 1789 con este evento de la Revolución Francesa, cuando ya podríamos hablar un poco más claro de la existencia de los derechos humanos.

Si avanzamos en el tiempo dos años después, 1791, aparecerá una declaración importante que se va a conocer como la Declaración de la Mujer y de la Ciudadana. Documento poco conocido que intenta llamar la atención de la discriminación clara hacia el sexo femenino en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. En este caso, entonces, las mujeres, en el caso de Olimpia de Gouges, tendrá esta situación de llamar la atención y, sobre todo, a mencionar y dejar clara a través de este documento, amén, a través de esta declaración, la situación de dejar fuera a la mitad de la población. Las mujeres, entonces, no van a ser consideradas en este caso de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, pero a un punto que también tendrá especial peso, sobre todo por la cuestión de la igualdad en el caso del sexo femenino y el masculino.

Hablando un poco de nuestro país, mi punto número 10 podríamos anotar el año de 1813, donde tendremos esta cuestión de los Sentimientos de la Nación, que es el documento donde se va a establecer los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y también de libertad. En este caso, recuerde usted que fue un documento que, por supuesto, es parte del proceso de independencia en nuestro país y que va a ser presentado por José María Morelos para fines de sufragio. Instituía, gente, juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia y, por supuesto, este va a ser un punto importante para la situación de la declaración y la redacción de constituciones políticas de nuestro país, aunque ésta no fue propiamente una constitución. Así tenemos que decir, sentir, que Sentimientos de la Nación, pues va a ser la que va a inspirar las siguientes constituciones que se van a también ser en nuestro país.

Y en el punto número 11, ya dándole fin a esta presentación, hablamos del año de 1857 con la Constitución de ese mismo año. Se trata de una serie de derechos considerados como sociales. Estamos hablando del derecho a la educación obligatoria, gratuita y laica, por ejemplo, que se va a establecer en nuestra Constitución. Situación que tiene que ver con la repartición de la tierra, el derecho al trabajo, entre otros. Va a ser una constitución bastante moderna, bastante progresista para la época, donde entonces ya estamos ahí hablando ya incluso más allá de derechos políticos, pues también de algunos derechos sociales. La respuesta por parte del pueblo mexicano va a ser, pues, bastante lamentable porque, pues habrá incluso una guerra producto de esta constitución radical del año de 1857.

Y con eso le damos fin a esta presentación. Muchas gracias por suscribirse a este canal y también muchas gracias por seguirnos en nuestra página de Facebook. Nos estamos escuchando y viendo en los siguientes videos. Hasta entonces. Chao.