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Sesión de Concejo Municipal 16 de diciembre de 2025

Municipalidad de Limache14:34

Transcription

En nombre de Dios, la patria y la comuna, comenzamos la sesión extraordinaria del Consejo Municipal. Junto con saludar a cada uno de los presentes, tenemos un punto único a en la tabla, así que voy a pedir al director de la Secretaría Comunal de Planificación que pueda exponer sobre una rectificación que debemos hacer por un acuerdo tomado días atrás.

Sí. Buenas tardes, alcalde. Buenas tardes, concejales. Claro. Se solicita una rectificación de un acuerdo de celebración de contrato que anteriormente pasó por sesión de consejo, que corresponde a la licitación pública 4290 que 93 LR25 de la conservación de la escuela coedadecional tenía Nino Correa de la comuna Limache. Se rectificó en comisión el acta de la etapa dos que tiene que ver con la apertura económica. Ya, de los cuales hay seis oferentes de los 16, perdón, que pasaron en la la etapa uno. Seis de ellas no cumplen con el itemizado del presupuesto entregado que corresponden a las empresas hace construcción spa, asociada constructora mejillones, la constructora Vianex, eh Terraviña, servicios integrales CERCOVEN y una UTP, sociedad el ingeniería. Eh, esas seis empresas eh valorizan la partida 2.2 que correspondía a la extracción de escombros, modificando el itemizado del proceso licitatorio que está aclarado en el proceso de consulta. Por lo tanto, y de acuerdo a las causales establecidas en la letra e del punto 1012 de las bases administrativas, era causal de inadmisibilidad, ¿no es cierto?, la modificación del itemizado de entregado por eh entregado en el proceso licitatorio y por lo tanto de esas 16 ofertas se evalúan las 10, ¿no es cierto?, que quedan admisibles y de acuerdo a los factores, ¿no es cierto?, que estaban establecidos en las bases administrativas, que eran la oferta económica en un 85%, el comportamiento contractual anterior en un 5%, el plazo de ejecución en un 5%, el desarrollo local y regional en un 5%. Eh, ponderando eh mayor puntuación la empresa que es una unión temporal de de proveedores entre Hans Rivera Fuentes, la constructora Santa Rosa SPA y la sociedad comercial Naranjo Limitada con 9.55 de ponderación final, quien hace una propuesta económica por la ejecución de esta obra de 358,43,950 pesos y en un plazo de ejecución de 100 días corridos. Ya. Por lo tanto ahí, ¿no es cierto? Eh, a diferencia de la celebración anterior, se modifica el adjudicatario, ¿no es cierto?, del de esta propuesta.

Ya, gracias, Miguel. Concejales, ¿alguna consulta sobre el punto expresado por el SECLA, eh, concejala Victoria Ladrón de Queevara? Entiendo que el puntaje e hay muy poca diferencia. Algunos en algunos como décimas, sí, sí se trabaja con tres décimas, ya el que lo sigue es con 9.536, ¿ya? Que sería la empresa, la constructora inmobiliaria de inversiones AIB, ¿ya? En algunas licitaciones también se puede encontrar que tienen cuando quedan con la misma ponderación final por base hay un criterio de desempate. Eso te voy a preguntar. Si estas décimas de diferencia, ¿cuál fue como el criterio utilizado de acuerdo a las bases? Sí, lo que pasa que si hubiesen tenido la misma ponderación con los mismos decimales, ahí se aplica lo que está estipulado en las bases administrativas que es criterio de desempate, que dice, por ejemplo, que el que tiene el menor precio, si siguen en empatando después se corre a la experiencia y así sucesivamente. Pero en este caso hay variación de décimas, lo que hace que ya exista una diferencia de puntuación final. Ya, ya. Y aquí estamos corrigiendo entonces e por observaciones que se se fueron dando que tú acabas de explicar e pero estas observaciones se dieron la oportunidad de ser subsanadas o no es necesario? No, ahora la estamos subsanando esta observación que es la la rectificación de la etapa dos de la evaluación del proceso licitatorio. ¿Ya? Okay. Entonces, todos los oferentes fueron evaluados con el mismo estándar que sería conforme a las bases. 100%. Sí, 100%. De hecho, la etapa uno eh es un se pondera de acuerdo a los factores de la base administrativa y después la etapa dos pasan todos en igualdad de condiciones, ¿ya? Y esa corresponde a la etapa económica y ahí es donde está la diferencia en los presupuestos que no se podían alterar las partidas y por lo tanto se da la diferencia ahora en la ponderación final del oferente se se rectifica, digamos, el el adjudicatario.

Okay, concejal Ira Razabal. Eh, bueno, yo quiero agradecer también la información proporcionada por Miguel, el director del Sepac, eh, y también la amabilidad también para ir resolviendo también inquietudes que también tuve en relación a este tema. Eh, pero de todas maneras como forma también de poder aclarando también a los vecinos con respecto a esto que es muy necesario, que es la rectificación de un proceso licitatorio y que la idea también que esto se resuelva de la manera más rápida posible. Eh, en el fondo, solamente por tener la perspectiva, esta situación hoy día se está tomando ciertas medidas correctivas para poder preverlo, porque yo entiendo que lo bueno de esto que se pudo percibir de manera rápida también, o sea, no pasó mucho tiempo para y si y si esto también genera algún nivel de afectación con respecto al contrato original, eso es como primera pregunta. Y algo que también yo había consultado si es que las empresas que ya habían sido rechazadas ya fueron notificados y saber un poco en ese aspecto. Sí, la etapa uno que se hace una apertura por el portal de mercado público. Eso ya fue notificado, los oferentes están en conocimiento de la del acta de apertura una. Claro. Y con respecto al oferente que se estaba adjudicando en la evaluación pasada, no no hubo una no se hubo una suscripción de contrato, así que no hubo derecho adquiridos y por lo tanto con esto yo lo que procedo es eh cerrar el proceso en el mercado público con la adjudicación y luego la la suscripción del contrato. Ya. Y con respecto a medidas correctivas, o sea, yo entiendo que esto nace de la misma comisión, existen distintas distintas etapas de revisión, no es solamente la sexa, sino que son distintos directivos que van de hecho también después el portal permite que cualquier eh rectificación de un acto administrativo se puede hacer y ahí hay que retrotraer el proceso eh nuevamente y se evalúan las ofertas en desde el inicio, pero en este caso Como no se ha no se suscribió el contrato e exacto y no se adjudicó, digamos, en el en el sistema, se puede hacer la rectificación de la del actom. Ya. Agradecido, Miguel. Gracias, alcalde. Gracias, concejal. ¿Alguna otra consulta? No. Votamos entonces la rectificación propuesta por el SEC. La mano alzada, quienes estén a favor. Se aprueba de forma unánime y con esto cerramos la sesión extraordinaria del Consejo Municipal. Muchas gracias. Gracias, alcalde. Gracias.